La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo ha resuelto el amparo presentado por la CGT, declarando inconstitucional el capítulo 4 del DNU 70/2023 de Javier Milei. Según el fallo, este tipo de reformas debe ser analizado y debatido en el Congreso. La decisión afecta a los artículos relacionados con la reforma laboral impulsada por el gobierno nacional. El fallo, firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, rechazó la apelación del Ejecutivo para mantener en pie el decreto en su aspecto laboral. Se espera que el Gobierno apele a través de un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
El fallo sostiene que no había impedimento para la reunión del Congreso, ya que este se encontraba convocado y en funciones antes de la entrada en vigencia del DNU 70/2023. Además, se cuestiona la necesidad y urgencia de las numerosas medidas adoptadas, especialmente en lo que respecta a la legislación laboral. La Cámara del Trabajo también ordenó inscribir este caso como proceso colectivo.
La CGT había reclamado la inconstitucionalidad de la reforma laboral, y el juez laboral José Ignacio Ramonet rechazó una medida cautelar interina contra el DNU, pero se declaró competente y dio plazo al Estado para contestar el amparo. Estratégicamente, la Procuración del Tesoro de la Nación hizo un planteo de inhibitoria para que la justicia en lo contencioso administrativo federal le pidiera a la laboral que se declare incompetente para intervenir en el amparo de la CGT. A pesar de esto, el fuero laboral defendió su competencia para avanzar en la causa de la CGT.